Petrolera Transoceánica S.A. Adenda 3 al contrato

De acuerdo con el art. 73° del Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público (REMA), aprobado por Resolución N° 014-2003-CD-OSITRAN, cualquier usuario intermedio o final que considere que el Proyecto de Quinta Adenda al Contrato de Acceso restringe o impide el Acceso, o vulnera los principios señalados y las normas establecidas en el REMA, podrá presentar comentarios u observaciones ante OSITRAN.

Atentamente, 
TRANSPORTADORA CALLAO S.A. 

https://ctcallao.atl.jelastic.vps-host.net/adenda-3-petranso/